La gobernadora María Eugenia Vidal oficializó el decreto 540/2018 que rechaza los reclamos salariales presentados por 26 magistrados del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires en julio de 2016.
«No ha quedado debidamente probado el ostensible deterioro sufrido por las remuneraciones de los magistrados» y «los acuerdos atinentes a la política salarial han encontrado consenso -de los jueces-, en el marco de la celebración de mesas de diálogo», señala el decreto firmado por Vidal y los ministros Gustavo Ferrari (Justicia) y Federico Salvai (Jefatura de Gabinete).
Si bien el reclamo de los jueces lleva más de 2 años, la respuesta oficial llegó justo un día después de que se conociera la acordada de los jueces de la Corte Suprema bonaerense que pidieron equiparar sus sueldos con los de la Justicia Nacional y Federal.
Días atrás, la Corte Suprema Nacional demandó al jefe de Gabinete, Marcos Peña, mayor presupuesto y amenazó con una “parálisis de las actividades”.
Entre los argumentos esgrimidos por los magistrados del máximo tribunal bonaerense, se destaca que “pese a lo avanzado del año, las negociaciones paritarias del sector de los agentes judiciales no han concluido” y piden a la Gobernadora “una política salarial adecuada” que no ignore “la inflación, que, como es de público y notorio, este año ha de ser mayor a la pauta inicial retributiva del 15%”.
La resolución lleva la firma de los jueces Eduardo Pettigiani, Eduardo De Lazzari, Héctor Negri, Daniel Soria, Luis Genoud e Hilda Kogan.
En tanto, desde la Provincia argumentaron en el rechazo al pedido de los 26 magistrados que “los reclamantes no mostraron su disconformidad con las normas de carácter general que fijaron anualmente sus remuneraciones”, es decir las paritarias, “por lo que las mismas se consideran aceptadas por ellos, concluyendo que deben rechazarse los reclamos formulados por improcedentes, puesto que las pautas de política salarial para los magistrados del Poder Judicial Provincial dictadas por el Poder Ejecutivo han respetado el principio constitucional de intangibilidad de sus remuneraciones”.