La Unión Europea recomendó el ingreso a su territorio de los ciudadanos argentinos, estén vacunados o no contra el coronavirus. La medida puede exceptuar a los viajeros de realizar la cuarentena una vez que ingresan a territorio europeo, aunque la decisión final de las condiciones de ingreso y de la necesidad de cumplir o no un período de aislamiento preventivo será de cada país miembro.
El Consejo Europeo decidió sumar a la Argentina a la lista de “países seguros”, cuyos habitantes pueden ingresar al continente europeo con aprobación de las autoridades sanitarias, como consecuencia de la situación epidemiológica favorable. Colombia, Namibia y Perú también fueron incluidos en el listado. La inclusión en la lista funciona como una recomendación para los Estados miembro del bloque europeo.
La Argentina fue agregada al Anexo I de la Recomendación del Consejo 2020/912, en la cual los Estados miembros de la UE acordaron un enfoque común para viajar a la Unión Europea, lo cual significa que “los viajes desde Argentina a la UE no deberían verse afectados por restricciones ligadas al Covid-19″. Los argentinos y residentes podrán ingresar a Europa, debiendo solamente cumplir con las medidas relacionadas con la salud, como tests y cuarentenas, que determinen las autoridades nacionales competentes del país al que viajen.
Estar incluido en el Anexo I significa que se permiten todos los viajes desde el país en cuestión, independientemente del estado de vacunación (no importa si la persona está vacunada, o si está vacunada con una vacuna no reconocida por la EMA o la OMS).
Esta decisión es una buena noticia para los argentinos inmunizados con la vacuna rusa Sputnik V, que aún espera la autorización de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA). Unos 11,3 millones de argentinos recibieron una dosis de Sputnik V, y 8,3 millones completaron el esquema de vacunación con el suero ruso.
Esta lista, que se revisa periódicamente, da cuenta del cumplimiento de nuestro país con una serie de criterios acumulativos determinados por la UE y vinculados a la evolución favorable y sostenida de la situación epidemiológica, el manejo de la pandemia, el avance de la vacunación y la reciprocidad.
¿Quiénes tiene permitido viajar a la UE? Las personas vacunadas, los viajeros esenciales y los viajeros no esenciales desde países de la lista habilitada por la Unión Europea.
– Las personas vacunadas: los Estados miembros que acepten la prueba de vacunación como eximente de las restricciones de viaje (para eximir, por ejemplo, de las pruebas diagnósticas o la cuarentena) deben, en principio, levantar las restricciones de los viajes no esenciales para los viajeros procedentes de terceros países que hayan recibido, al menos catorce días antes de su llegada, la última dosis recomendada de una vacuna autorizada por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA).
– los viajeros esenciales: los ciudadanos de la UE y sus familiares, los residentes de larga duración en la UE y sus familiares.
– Los viajeros no esenciales desde la lista de países habilitados por la UE, nómina donde ahora se incluyó a la Argentina, Colombia, Namibia y Perú. Esta nómina se revisa y actualiza cada dos semanas.
Los viajeros deberán someterse a testeos previos al viaje, debe haber dado negativo en una prueba PCR de COVID-19 realizada con un máximo de 72 horas de antelación. Además, los Estados miembros pueden exigir el autoaislamiento o la cuarentena durante un período de hasta 14 días, así como cuantas nuevas pruebas de COVID-19 sean necesarias durante el mismo período.
Los países fuera de la eurozona habilitados para el ingreso se amplía así de 18 a 22 territorios, en una lista en la que ya figuraban Uruguay y Chile.
Conforme a los criterios y condiciones fijados en la Recomendación, a partir del 28 de octubre de 2021 los Estados miembros deben levantar gradualmente las restricciones de viaje en las fronteras exteriores para los residentes de los terceros países siguientes:
– Argentina (nuevo),
– Australia,
– Baréin,
– Canadá,
– Chile,
– Colombia (nuevo),
– Jordania,
– Kuwait,
– Namibia (nuevo),
– Nueva Zelanda,
– Perú (nuevo),
– Qatar,
– Ruanda,
– Arabia Saudí,
– Singapur,
– Corea del Sur,
– Ucrania,
– Emiratos Árabes Unidos,
– Uruguay,
– China, con sujeción a confirmación de reciprocidad,
– los territorios de Hong Kong, Macao y Taiwán