Luego de un mes de su aprobación en la Legislatura, este jueves, la gobernadora María Eugenia Vidal promulgó la medida que establece la reducción de impuestos municipales en las tarifas de electricidad y agua.
La norma fue publicada en el Boletín Oficial y establece la reducción del impuesto del 6 al 0 por ciento en el caso de la luz, y del 4 al 0 por ciento en el agua.
Es así que la modificación del artículo 75 de la ley 11.769 establece: “Cada municipio podrá aplicar a la distribuidora correspondiente, conforme a la normativa local, todo gravamen o derecho municipal que corresponda, los que en total no podrán exceder el seis por ciento de las entradas brutas de la distribuidora, netas de impuestos, recaudadas en su jurisdicción por la venta de energía eléctrica con excepción de las correspondientes por suministros para alumbrado público”.
En ese marco, para el servicio de agua potable y cloacas, el gravamen no podrá exceder el cuatro por ciento.
Cabe recordar, que el envío del primer proyecto del Ejecutivo al parlamento bonaerense generó fuerte rechazo entre los intendentes de todos los espacios políticos, incluso de Cambiemos. Las quejas se basaron en que la reducción del impuesto afectaría fuertemente la recaudación de las arcas municipales.
Para que el proyecto finalmente fuera aprobado, tuvieron que surgir concesiones por parte del oficialismo. Así, el proyecto original -que establecía una reducción del 6 al 0,01 por ciento en la luz y del 4 al 0,01 por ciento en el agua- fue modificado y se determinó bajar el impuesto al 0 por ciento, lo que le permite a los intendentes crear tasas para cobrar a las empresas el uso del espacio público y así no verse tan afectados en su recaudación.
Dato no menor, el proyecto de Vidal fue enviado a la Legislatura al mismo tiempo que se publicó la resolución del Organismo de Control de Energía Eléctrica de Buenos Aires (OCEBA), que prohíbe incorporar conceptos ajenos a la prestación del servicio de electricidad.
Esa resolución, la 167/18, los distribuidores no podrán incluir en sus facturas “conceptos adicionales vinculados al servicio público de distribución de energía eléctrica”, como tampoco “conceptos ajenos a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica”, a excepción del alumbrado público.
Sin embargo, la gobernadora finalmente determinó prorrogar la aplicación de dicha resolución. El 25 de junio pasado oficializó la prorroga y se estableció “el 1° de enero de 2019 como la fecha de efectiva aplicación por parte de los distribuidores provinciales y municipales, de lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución Oceba N° 0167/18”.